TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL: ¿Eres residente en Chile y percibes ingresos de otros países?

Si eres residente en Chile y obtienes rentas o ingresos desde otro país, debes saber que dichas rentas o ingresos deben considerarse en la declaración anual chilena ( F22). Esto, como contribuyente, puede ayudarte a:


Sin embargo, para evitar la doble imposición, se crearon los convenios de doble tributación.
Chile posee convenio de doble tributación actualmente con 37 países.

Estos convenios, como contribuyente, pueden ayudarte a:

  • Utilizar el impuesto pagado de similar naturaleza en Chile como crédito, es decir, como devolución o rebaja a tus impuestos personales. ( Impuesto global complementario)
  • Pagar el impuesto, solo en uno de los dos países. Puede ser en el país de residencia del contribuyente o en el país del origen de la renta.
  • Pagar el impuesto en ambos países pero con una tasa límite, según lo establecido en el convenio.

Entre las rentas mas comunes que puedes percibir están

  • Explotaciones de bienes raíces
  • Retiros, remesas o dividendos de empresas
  • Sueldos
  • Intereses
  • Regalías
  • Accione u otros intangibles.

Los convenios con los que Chile tiene convenio de doble tributación son:

Estados Unidos
España
Australia
Austria
Bélgica
Brazil
Canadá
China
Colombia
Corea
Croacia
Dinamarca
Ecuador
Argentina
Emiratos Árabe
Francia
India
Irlanda
Italia
Japón
Malasia
México
Noruega
Nueva Zelanda
Países Bajos
Perú
Polonia
Portugal
Reino Unido
República Checa
Rusia
Sudáfrica
Suecia
Suiza
Tailandia
Uruguay

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